En materia jurídica el allanamiento puede ser el acceso a la fuerza con orden judicial a un lugar en el cual se encuentren pruebas que puedan ayudar a la resolución de un proceso, o el acceso por orden judicial a la residencia de una persona con orden de captura para judicializarla, desde el punto de vista del área penal, sin embargo cuando se habla de allanamiento también puede tratarse de la aceptación del demandado respectos a los hechos y pretensiones elevadas por el demandante en un proceso.
El allanamiento como aceptación del demandado a las pretensiones de la demanda y sus argumentos, se encuentra consagrado en el artículo 93 del código de procedimiento civil vigente hasta la fecha y en el 98 del código general del proceso el cual empieza a regir a partir del 1° de enero de 2014.
¿Hasta que oportunidad puede el demandado allanarse a las pretensiones de la demanda?
Si el demandado no se allana en la contestación de la demanda podrá hacerlo en cualquier momento del proceso siempre y cuando no se haya dictado sentencia de primera instancia; cuando el demandado se allana el juez debe dictar sentencia de conformidad con lo perdido en la demanda.
El allanamiento solo podrá ser rechazado cuando el juez advierta que en dicha decisión hay fraude, colusión o sea solicitado el rechazo por un tercero que intervenga en el proceso como parte principal, respecto a esta ultima causa de rechazo el código general del proceso la elimina y en su reemplazo establece que habrá lugar además al rechazo del allanamiento cuando se de otra situación similar al fraude o la colusión.
Cuando son varios los demandados en el proceso ¿Qué pasa si uno de ellos se allana?, si uno de los demandados se allana el proceso debe continuar con los otros, el código general del proceso al respecto establece que cuando uno de los demandados se allane o cuando el allanamiento no sea respecto a todas las pretensiones, el juez debe proferir sentencia parcial y continuar el proceso en cuanto a las pretensiones que no se aceptaron o con los demandados que no se allanaron.
Tomado de gerencie.com